Acompañaron la ronda las compañeras de V.U.D.A.S. (Vecinxs Unidxs en Defensa de un Ambiente Seguro) del Barrio San Antonio, organizadas en su lucha contra la contaminación de Porta hnos. Sumando otras participaciones, esta vez, la bandera la llevaron estudiantes del Instituto San Jerónimo de Barrio Alberdi, quienes desde la cátedra de geografía realizaron una serie de actividades que contempló la visita al Barrio Ituzaingó Anexo, un campo de producción orgánica y que finalizó con la participación en la ronda de los barbijos. También participó la murga y compañerxs de la Biblioteca Popular de Bella Vista, quienes se encontraban en la plaza realizando una radio abierta y reclamando por el cumplimiento de la Ley Provincial de Bibliotecas Populares, exigiendo la implementación del Fondo Permanente para Bibliotecas Populares.
Ratificación de la condena a los agroquímicos.
Esta ronda tuvo una feliz particularidad, la madres celebraron la ratificación del delito “contaminación ambiental dolosa” por parte de la Corte Suprema, un avance de la justicia y un antecedente para otros casos ambientales. Esto hace referencia al fallo emitido en agosto del 2012 por la Cámara I del Crimen de Córdoba que determinó que fumigar con agrotóxicos es delito. Esto fue avalado en septiembre de 2015 por el Tribunal de Superior de Córdoba, y unos días atrás la Corte Suprema de la Nación ratificó ese fallo, con el rechazo del recurso de apelación que realizaron los fumigadores ante la condena.
Como nos comentó una investigadora del caso, Yamila Ferreyra, este hecho habilitó una procedimentalización nueva para la administración de justicia, ya que fue condenado como delito el peligro de los agrotóxicos en las fumigaciones, en términos legales considerado como delito de peligro abstracto, o daño hipotético. Esto significa basarse en el sistema precautorio, donde no haría falta comprobar una relación de causalidad -entre el daño y el causante de ese daño-, sino que el hecho de poner en peligro la salud de la población es condenable. En el caso de Ituzaingó, por no respetar las zonas protegidas de amortiguación entre los centros poblados y la zona donde se fumiga.
Es un fallo trascendente para la lucha de las madres, porque abre puertas para seguir con las demandas de justicia, ahora enfocadas en la causa madre. Vita Ayllon, una de las madres, nos compartía su alegría diciendo “este fallo constata que lo que decíamos era verdad”.