Radio Zumba la Turba se encuentra enmarcada legalmente en la resolución Resolución 1102 /2015 del AFSCA y está empadronada con el número 108.
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Dánse por reconocidas en su carácter de comunitarias a las personas de existencia
ideal sin fines de lucro prestadoras de servicios de comunicación audiovisual por modulación de
frecuencia, consignadas en el Anexo I, contempladas a través de la Resolución N° 753-COMFER/06.
ARTICULO 2° — Dánse por empadronadas en su carácter de comunitarias a las personas de existencia
ideal sin fines de lucro prestadoras de servicios de comunicación audiovisual por modulación de
frecuencia, consignadas en el Anexo II, contempladas a través de la Resolución N° 1478-AFSCA/14.
ARTICULO 3° — Otórgase a las personas de existencia ideal sin fines de lucro comunitarias reconocidas
en el artículo 1°:
a) un puntaje preferencial respecto a las personas jurídicas sin fines de lucro que no revistan tal carácter,
en oportunidad de convocarse a concurso público por esta Autoridad Federal, para dichos servicios.
b) la reserva de espectro correspondiente, prevista en el artículo 89 inciso f) de la Ley N° 26.522.
ARTICULO 4° — Otórgase a las personas de existencia ideal sin fines de lucro comunitarias señaladas
en el artículo 2° un puntaje preferencial respecto a las personas jurídicas sin fines de lucro que no
revistan tal carácter, en oportunidad de convocarse a concurso público por esta Autoridad Federal, para
dichos servicios.