Desde el Enredando las mañanas nos comunicamos con Fernando Cabaleiro, abogado e integrante de Naturaleza de Derechos, para conversar sobre el procesamiento de tres productores agropecuarios por el delito de contaminación a través de fumigaciones en la localidad de Pergamino, Buenos Aires. Nos explicó Fernando que en aquella localidad la ordenanza municipal restringía la fumigación a 100 metros para agrotóxicos catalogados como banda verde y 600 para los de mayor peligrosidad.

Este incumplimiento de la restricción permitió el acceso a la justicia mediante una denuncia penal a finales del año pasado y que tomó el juez Carlos Villafuerte Ruzo, titular del Juzgado Federal N°2 de San Nicolás.

A lo largo de este año, la recopilación de pruebas permitió presentar estudios sobre la contaminación del agua de consumo de las viviendas de pergamino y la contaminación del suelo, así como con sobre el daño genético por residuos de agrotóxicos comprobado en integrantes de la familia querellante a partir de los estudios de la investigadora de la Universidad Nacional de Río Cuarto, la Dra. Delia Aliassa. El juez Villafuerte Ruzo ponderó la información aportada por un comité científico y procesó sin prisión preventiva a tres productores rurales por considerarlos a “prima facie” coautores penalmente responsables del delito de contaminación del ambiente en general, de un modo peligroso para la salud, mediante la utilización de residuos calificados peligrosos, fijando un embargo a cada uno por tres millones de pesos.

Lo inédito en este proceso judicial es, nos explica Cabaleiro, que “el juez le dio a este proceso penal un carácter ambiental así que se generó un proceso de carácter colectivo y se dispuso medidas cautelares”. En otras palabras, esto quiere decir que “aunque se indaga la comisión de un delito” al ser el derecho ambiental “un derecho general no tiene un foro propio”. En este marco, el Juez está sentando precedentes en la aplicación del principio precautorio con la “prohibición de fumigaciones de cualquier banda [verde, amarilla, azul, roja] a menos de los 600 metros” desde abril, que luego se amplió a 1095 metros a partir de la recomendación de la Dra. Aliassa. A su vez se estableció la provisión de bidones de agua para garantizar el acceso al agua segura para la población.

Por otro lado, el camino judicial, nos explicó Fernando, que “queremos avanzar en la responsabilidad de los funcionarios públicos. (…) En los lotes que se fumigó, por la ley de uso de suelo de la provincia de Buenos Aires, es zona residencial y está prohibida la actividad rural. Estamos hablando de un falta de control absoluto de los funcionarios”. Pero, también, quieren determinar la responsabilidad “hacia arriba” tanto a nivel provincial como nacional de los funcionarios del SENASA.

Sobre la importancia de estas acciones preventivas y del curso del proceso judicial, el entrevistado resaltó que “este juicio se da en el núcleo del agronegocio”, a pocos kilometros de donde Monsanto tiene su planta de experimentación y las sedes de muchas de las empresas más importantes de este modelo de agricultura tóxica.

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